Tuesday, February 1, 2011

Cárcel por maltratar animales

ALCANCE. El anteproyecto de ley considera ‘maltrato’ no proporcionar alimentos, agua y cuidados médicos a los animales, así como sobrecargarlos o golpearlos. LA PRENSA/Archivo
MÓNICA PALM

mpalm@prensa.com

En noviembre de 2009, Edgar Santos mató a machetazos a una perra en Quebrada Onda, en la región indígena de Nole Duima.

Uno de sus vecinos lo denunció y ahora es requerido por el Juzgado Municipal de Remedios. Es –oficialmente reconocido por el Órgano Judicial– el primer procesado penalmente por el delito de maltrato a los animales.

Santos, de 28 años, fue declarado “reo rebelde” al no ir al tribunal. Si un día es declarado culpable, se expone a una sanción de 100 a 200 días-multa, o a trabajo comunitario.

A Pascual Rodríguez, en tanto, la jueza segunda municipal de Colón, ramo penal, lo sancionó con 20 meses y 12 días de arresto por la comisión del delito contra el ambiente y el ordenamiento territorial (en la modalidad de contra la vida silvestre).

El caso de Rodríguez se remonta a 2001. Fue sorprendido por guardabosques de cerro Colorado, en el sector de Bohío Norte, cuando llevaba un saíno y un ñeque muertos –ambos son especies amenazadas y en peligro de extinción–; un rifle calibre 22 y 19 municiones sin detonar.

Contra Rodríguez cabía una pena de 32 meses de prisión, pero como se acogió a un juicio abreviado y confesó los hechos, se le redujo la pena.

Tipificación del delito

Fue a partir de mayo de 2008, con la entrada en vigencia del nuevo Código Penal, que se establecieron sanciones a “quien cometa actos de crueldad, cause la muerte o lesione gravemente a un animal usado como mascota”.

Las sanciones son de 100 a 200 días-multa o trabajo comunitario. Sin embargo, el diputado oficialista Víctor Juliao impulsa unas reformas al Código Penal para castigar con cárcel a quien maltrate a las mascotas.

Según un anteproyecto de ley presentado por Juliao en agosto de 2010, quien cause lesiones a una mascota será sancionado con prisión de uno a cuatro meses, y multa de 100 dólares a mil dólares. Además, se le decomisará el animal. Si debido a las lesiones, el animal muere, la pena se elevará al doble.

“Sé de personas que mantienen a sus mascotas encadenadas mucho tiempo, en condiciones deprimentes y con ausencia de alimentación y tratamiento adecuado. Con este instrumento legal pretendemos orientar y después castigar a estos hombres y mujeres que han perdido esa virtud, esa nobleza de convivir en armonía con los animales”, dijo Juliao en su exposición de motivos.

Como “maltrato”, el anteproyecto considera no proporcionar agua o alimentos al animal, mantenerlo sucio o con parásitos, no brindarle tratamiento médico o golpearlo, patearlo, arrastrarlo o sobrecargarlo.

La propuesta también propone castigar con multa de 200 dólares a mil dólares al que practique actos de zoofilia.

Igualmente se prohíben las peleas y carreras de perros o de cualquier otra especie animal, la entrada al país y funcionamiento de cualquier circo o espectáculo que utilice animales. Esto se castigará con el decomiso de los animales, y una multa de mil a 45 mil dólares. A los reincidentes se les cerrará temporal o definitivamente el local.

El anteproyecto –que esta semana fue prohijado en la Comisión legislativa de Población, Ambiente y Desarrollo– también prohíbe la venta de animales en la vía pública.

Trabas a los experimentos

La iniciativa propuesta por el diputado oficialista Víctor Juliao también presta atención a los experimentos con animales, algo que, hasta ahora, no contempla el Código Penal.

El diputado propone que los experimentos se realicen cuando no haya otros procedimientos alternos para obtener los resultados deseados, y únicamente en casos de control, prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades.

Ningún animal podrá utilizarse más de una vez en los experimentos y estos serán atendidos, alimentados y curados, antes y después de la práctica. Para el experimento, los animales tendrán que ser sedados, tranquilizados o anestesiados.

La eutanasia procederá únicamente cuando el animal resulte con mutilaciones, ceguera o dolores muy severos.

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