Gracias a la inacción de la Corte Suprema, Grupo F. Internacional logró rellenar –según cálculos de la AMP– hasta 23 hectáreas en Amador, en una concesión que supuestamente sería para una marina y que ahora no es más que fondo de mar convertido en tierra firme.
La AMP no ha podido actuar, porque desde hace casi dos años está a la espera de que la Corte falle sobre una advertencia de inconstitucionalidad y un amparo de garantías interpuestos por Grupo F. Por si fuera poco, la empresa también debe más de 14.1 millones de dólares en arriendos por el uso de tres lotes en la calzada de Amador.
Estado alega prescripción
Mónica Palmmpalm@prensa.com
La Procuraduría de la Administración solicitó a la Corte Suprema rechazar la demanda en la que Grupo F. Internacional pide una compensación de 261 millones de dólares, por considerar que éste reclamo prescribió.
La Procuraduría cita el Código Civil, que en su artículo 1706 señala que “la acción civil para reclamar indemnización... prescribe en el término de un año, contado a partir que lo supo el agraviado”.
A criterio del secretario general de la Procuraduría de la Administración, Nelson Rojas, Grupo F. -que preside Jean Figali- tenía hasta el mes de diciembre de 2005 para presentar su reclamo, ya que fue en diciembre de 2004 que la empresa remitió las primeras quejas escritas a la Autoridad Marítima de Panamá (AMP).
Este argumento está contenido en el recurso que Rojas, como procurador de la Administración encargado, remitió a la Corte el 14 de octubre de 2008, en respuesta a la demanda de reparación directa que Figali presentó contra el Estado.
Grupo F. demandó por los daños y perjuicios que supuestamente le ocasionó el servicio deficiente que recibió por parte de la AMP, con quien la empresa tiene dos contratos de concesión marina desde el 2002.
De hecho, Rojas considera improcedente la demanda del Grupo, ya que -según el Código Civil- al Estado solo se le pueden exigir indemnizaciones por responsabilidades extracontractuales.
Desde hace dos años, la AMP ordenó a Grupo F. suspender los trabajos de relleno en Amador, ya que éstos no corresponden a una marina -como fue aprobado en los contratos y en el estudio de impacto ambiental (EIA)-, sino que ha convertido en tierra firme áreas de fondo de mar.
La empresa dejó sin efecto la orden de suspensión, al interponer una advertencia de inconstitucionalidad ante la Corte. También impidió que la AMP le rescindiera los contratos, al presentar un amparo de garantías constitucionales.
La advertencia de inconstitucionalidad fue presentada hace 22 meses y el amparo, hace 19 meses.
La Corte no se ha pronunciado aún sobre ambos recursos. Este silencio ha impedido que la AMP actúe, favoreciendo así a Grupo F.
Aunque sus contratos le otorgan 8.7 hectáreas de fondo de mar, ha rellenado 17 hectáreas de más.
“Si hago algo [para pararlo], podría alegarse que estamos en desacato”, dijo el administrador de la AMP, Fernando Solórzano.
“Lo que deben hacer los tribunales, es resolver rápido cuál es la situación”, añadió.
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