La nueva Ley de Inteligencia y Contrainteligencia decretada por el presidente de Venezuela, Hugo Chávez, que sanciona a los venezolanos renuentes a cooperar como informantes de los nuevos organismos de espionaje, desató las protestas de medios políticos, jurídicos y académicos, que la ven "inconstitucional, regresiva en cuanto a derechos humanos" y "destinada a aplastar a la oposición y perseguir a la disidencia".
Chávez dijo el domingo por televisión que la ley ayudará a las autoridades a detectar y neutralizar amenazas "imperialistas" a la seguridad nacional, así como a evitar intentos de asesinato o conspiración contra el Gobierno, como el golpe de Estado que en abril del 2002 lo apartó dos días del poder. Pero muchos ven en ella la simiente de la creación de grupos similares a los Comités de Defensa de la Revolución (CDR) cubanos, en los que los vecinos cumplen tareas de vigilancia e información para el régimen.
A partir de ahora, quienes se nieguen a cooperar con los organismos de espionaje --controlados por el propio Chávez-- afrontarán hasta cuatro años de cárcel, y seis si son funcionarios. La sociedad de informantes abarcará a los niños, que deben "valorar la realidad social a través de acciones vinculadas con el entorno". La nueva ley facilita además que la policía recoja pruebas a través de medios electrónicos y grabaciones telefónicas sin orden judicial, y elimina varios derechos de los abogados defensores en nombre de la "seguridad nacional".
Para el doctor en Ciencias, mención Derecho, Carlos Figueredo Planchart, el decreto-ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia constituye una "patente de corso para entrar en un régimen totalitario". Por ello, no duda en asegurar que su promulgación es "lo más grave que ha sucedido en Venezuela en toda su historia".
Si bien compara dicho instrumento con leyes aprobadas durante el gobierno de Benito Mussolini en Italia y de Alberto Fujimori en Perú, asegura que guarda mayor similitud con el Decreto para la Protección del Pueblo y el Estado, mejor conocido como Decreto del Incendio del Reichstag, que se dictó en Alemania en el año 1933 y que propició la dictadura nazi de Adolfo Hitler.
Tal decreto suspendió, hasta nuevo aviso, siete artículos de la Constitución del Reich alemán y con ello se restrigieron los derechos de libertad personal (hábeas corpus), de opinión, incluyendo la libertad de prensa, la libertad de organizarse y reunirse, la privacidad de las comunicaciones postales, telegráficas y telefónicas, y las órdenes judiciales para allanamiento de moradas.
"Aunque acá no lo digan, están suspendiendo de hecho esos derechos. Es curioso que un régimen que acusa a todo aquel que disienta de fascista utilice técnicas totalmente fascistas (...) Se están abriendo las puertas a una dictadura", sentenció el profesor de Derecho Penal durante su intervención en la Academia de las Ciencias Políticas y Sociales.
A su juicio, la ley es represiva y le quita al Ministerio Público la obligación de la acción penal. En este sentido, el integrante de número de la Academia, Jesús Ramón Quintero, ubica al texto legal en el polo opuesto del antiguo Código Orgánico Procesal Penal (COPP). "El COPP pretendía ponerle límite al poder del Estado para que la gente pudiese defenderse, pero desde que este gobierno se instauró ha tratado de recortar el garantismo del COPP y sustituirlo por instrumentos que se suponen que son jurídicos en un Estado policía, de persecución".
Aunque Figueredo reconoce la necesidad de regular la inteligencia y contrainteligencia, advierte que deben existir controles, "instituciones como el Parlamento que digan qué es secreto de Estado, qué es seguridad de Estado".
Y es que para la presidenta de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, Tatiana de Maeketl, uno de los aspectos más peligrosos del recién promulgado decreto-ley es que se "presta a la interpretación". "La seguridad de Estado (fin último de la ley) es absolutamente indeterminado (...) Aquí pareciera que se estuviese garantizando la seguridad del Gobierno".
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