Wednesday, February 4, 2009

Sobreseen a Jean Figali de hurto de energía eléctrica

José Otero
jotero@prensa.com

El Segundo Tribunal de Justicia confirmó el fallo de primera instancia dictado en agosto de 2008 por el Juzgado Decimocuarto Penal, que declaró la nulidad del proceso que se le seguía al empresario Jean Figali, por una denuncia de supuesto hurto de electricidad en perjuicio de la distribuidora eléctrica Metro Oeste, S.A. (de Unión Fenosa).

La decisión, tomada en consenso por los magistrados Joaquín Ortega y Wilfredo Sáenz, se dio luego de que se analizara una apelación presentada por la Fiscalía Séptima de Circuito de Panamá, que sustentó que la inspección ocular realizada por la distribuidora eléctrica cumplió con los parámetros establecidos por la ley.

Sin embargo, el criterio de los magistrados del Segundo Tribunal de Justicia coincidió con el del juez suplente decimocuarto penal, José Ángel Carrera, que concluyó que Metro Oeste, S.A. usó sus propios medios y su personal para determinar las supuestas irregularidades atribuidas al Grupo F. Internacional S.A., propiedad de Figali, y que fueron aportadas como base de la querella que se presentó por este caso en octubre de 2006, ante el Ministerio Público.

Tras conocer el fallo, Unión Fenosa señaló –a través de la gerencia de comunicación– que será “respetuoso” de la decisión de ese tribunal superior, pero que hará valer sus “derechos a través de los mecanismos legales que nos asisten”.

Argumentos

De acuerdo con el Segundo Tribunal de Justicia, “las empresas generadoras de energía eléctrica, cuando se presentan al domicilio de los clientes, extraen el medidor, se lo llevan a sus laboratorios y lo examinan, todo ello sin la presencia de un funcionario de instrucción ni facultado por una decisión judicial; no son pruebas practicadas como lo dice nuestro ordenamiento jurídico”.

Según el dictamen, hay constancias de que las inspecciones hechas por los técnicos de la empresa eléctrica, el 26 y el 27 de octubre de 2006, “no contaron con el refrendo ni la participación del agente de instrucción”. Por tanto, señala, no pueden ser una prueba judicial, ya que no fueron ordenadas por el Ministerio Público.

Metro Oeste, S.A. denunció al Grupo F. Internacional por un supuesto hurto de electricidad en el Centro de Convenciones Figali, ya que tenía una morosidad que superaba los 170 mil dólares.

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